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Resolución

Resolución 2572

RESOLUCION DEL C. N. APROBANDO UNA TARIFA DE RECARGO MUNICIPAL PARA EL AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 jun de 1887fecha
Asunto municipaltipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Num. 2572.-RESOLUCION del C. N. aprobando una tarifa de recargo municipal para el Ayuntamiento de Santiago. Dios, Patria y Libertad.- Rep6blica Dominicans.-El Con- greso Naciona1.-En nombre de la Republica. Vista la solicitud que por 6rgano del Ministerio de lo Inte- rior y Policia eleva h este Alto Cuerpo el Ayuntamiento de San- tiago de 10s Caballeros, pidiendo la aprobaci6n de un proyecto de Tarifa municipal; Considerando : que dicho impuesto esth suficientemente jus- tificado, por satisfacer una necesidad perentoria en beneficio de la instrucci6n primaria, asi como para otras atencioees no mencs importantes del servicio municipal ; _ _ - ~ - -___ ~ ~~ Considerando: que son atendibles las quejas que con fre- cuencia llegan B este Alto Cuerpo, con el fin de que se evite que sufran recargo municipal fuera de la c o m b productora, 10s ar- ticulos que importe 6 exporte cada una de ellas respectivamente ; En us0 de las facultades que le acuerda ia Constituci6n Po- litica del Estado, RESUELVE : Articulo 1 9 Articulo 29 Aprobar en todas sus partes la tarifa que a1 final de la presente resolucih se expresa. Los productos 6 articulos que se importen 6 exporten satisfaran el recargo municipal en la comiin que 10s cause. Articulo. 3" La presente resoluci6n sera enviada a1 Poder E jecutivo para 10s fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional a 10s 26 dias del mes de Junio de 1887; afio 44 de la Independencia y 24 de la Restauracibn. El Presidente.-J. M. Arzeno,- Los Secretaries.-Pedro M. Bastardo.-S, A. de Moya. E jecutese, comuniquese por la Secretaria correspondiente, aublichdose en todo el territorio de la Republica, para su cum- plimiento. Dado en Santo Doming0 B 28 de Junio de 1887 ; aiio 44 de la Independencia y 24 de la Restauraci6n. El Presidente de la RepGblica, U. HEUKEAUX. Refrendado :-El Ministro de Relaciones Exteriores, encar- gado de las carteras de lo Interior y de la Guerra.-M. M. Gau- tier. ARANCEL DE RECARGO AUJNICIPAL. A. $ 4 50 * Acordeones de 1.1 clase, docena Acordeones de 2:) clase, docena Acordeones de 3a clase, docena Acordeones de 4ª clase, docena 1 50 Amargo, botellas enteras, la docena 2 Anisete canastos, de 2 frascos 30 Anisado, galón 25 Azúcar centrifugada (extranjera) el quintal 1 50 Id. parda, mascabado (id.) el id. 75 Id. de refino (cuadritos ú otros) el id 50 Agua de olor, medias botellas, docena 60 Id. de id. cuartos id. id. 30 Aceites esenciales, de anís, limón, ginebra, 5 % sobre factura. Aceitunas en frascos, docena 25 Id en barriles ú otros envases, la arroba 25 Alambiques de cobre, el quintal 50 Id. de hierro, el id 25 Armarios y escaparates de madera fina, armados ó nó, uno 5 B. Barajas españolas finas de hilo, el juego 10 Barajas de algodón, finas el id 05 Barajas francesas, finas, el id 10 Barajas francesas ordinarias el id 05 Bocados (frenos), la docena 3 Billares, uno 25 Brandi, cognac, el galón 30 Id. id. en botellas, la docena 75 Bayrum, la botella 05 C. Cerveza, botellas enteras, la docena 25 Id. el galón 10 Cigarrillos, el millar 40 Champagne, la docena de botellas 2 Chery cordial y otro licor fino, la doc. de botellas 50 Chocolate (extranjero), la libra 25 Ciruelas pasas, el quintal 4 Carruajes, coches y calesas, una 10 Chorizos ó salchichones, la libra 05 Conservas alimenticias, latas de una libra, la doc. 1 D. Dulces secos, confites, etc., la libra 05 Drogas ó medicinas, 10% sobre factura. E. Escopetas finas, una 1 Escopetas ordinarias, una 25 Encurtidos en vinagre ó salmuera, frascos grandes, la docena 50 Esencias en botellas ú otros envases 5% sobre factura. F. Fósforos en general (cajitas) la gruesa 10 Fulminantes de escopeta, el millar 10 Frutas en latas ó frascos, la docena 1 G. Gas de 120 grados arriba, el galón 01 Id. de menos de 120 grados el id 10 Ginebra en frascos ó canecas, la docena 1 Id. en damezanas, el galón 10 Galleticas de soda, dulce y sus análogas, la libra 02 H. Harina, 5% sobre el 34% de los derechos fiscales. J. Jabón perfumado de todas clases, la libra 20 Juguetes de todas clases, 10% sobre factura. L. Licores ordinarios, los no especificados, docena de botellas 1 Limonada gaseosa, la docena de botellas 05 Loterías, el juego 1 M. Muebles de todas clases, 10 % sobre factura. Máscaras, la docena. 50 Munición, el quintal 50 Mantequilla, el id. 1 N. Necesarios para costuras, barbas y otros usos, 10 % sobre factura. P. Pólvora, el 5 % sobre el 34 % de los derechos fiscales. Perfumería para pañuelos, el pelo, frascos y potes pequeños 5 % sobre el 34 % de los der. fisc. Prendas falsas de todas clases, 20 % sob. facturas. Id. de oro y plata, 1 % sobre factura. Q. Quesos de patagrás, Gruyere, etc. quintal 50 R. Ron (extranjero), el galón 40 Rosolio, (cajas de 50 topetes), la caja 25 Relojes de sala, uno 25 S. Sardinas de 100 ¼ libras, la caja 1 Sirop de todas clases, la docena de botellas 25 Sillas de montar (para ambos sexos), una 2 T. Tabacos, torcidos en cigarros, el millar 4 Triquitraques ó cohetes, el paquete 01 _.- ~~ ~ - - _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ ~ - V. Vinagre, el ga16n Vino generoso u otro en botella, la docena Id. id. el gal6n Id. tinto, la docena de botellss Id. id. el ga16n Vajilla de porcelana lisa 6 dorada, el servicio de mesa completo

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona