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Resolución

Resolución 2540

OTORGADA POR EL C. DE S. DE E. AL SR. ALBAN LAROZE PARA EXPLOTAR LAS PLANTAS INDIGOFERAS QUE EXISTEN EN LOS TERRENOS BALDIOS DEL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 abr de 1887fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo

Contraparte y monto

Contraparte
Alban Laroze (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Num. 2540.-CONCESION otorgada por el C. de S. de E. a1 Sr. Alban Laroze para explotar las plantas indig6feras que existen en 10s terrenos baldios del Estado. Dios, Patria y Libertad.-Republica Dominicans.-El Con . sejo de Secretarios de Estado, encargado del Poder Ejeicutivo. Por cuanto el seiior Alban Laroze, ciudadano franc&, do- miciliado en la Republica, ha solicitado del Gobierno, por 6rgano del Ministerio de Fomento, se le conceda por el termino de quin- ce afios el derecho de explotar el indigo existente en terrenos del Estado, el de poder obtener la propiedad de kstos, y de apli- car como privilegio exclusivo en la RepGblica, un procedimien- to nuevo perfeccionado por 61 para manipular el afiil y las de- m8s plantas indig6feras my0 cultivo le convenga introduci? cn la Reptiblica ; Considerando : que debe favorecerse por todos 10s medins posibles la indroducci6n no s610 de un cultivo sino de una indLs- tria nueva en el pais, que pueden venir 5 ser venero importante de riqueza piiblica en lo porvenir; En virtud del articulo 52, inciso 1% de 1.. Coxtituci6n del c Estado, RESUELVE : 1 p El Gobierno cede a1 sefior Alban Laroze, por el t6rmino de quince aiios, el derecho de explotaci6n de todas las plantas indig6feras que existan en 10s terrenos baldios del Eatado, 6 sea brkrsele cjnon de arr 39 El concesionario gozarii, por el indicado tiempo, el pri- vilegio exclusivo de aplicar en la Rep6blica A la explotaci6n del ci6n de cada estabIecimjento, siempre que con anterioridad so; meta las notas de todo a1 Ministerio de Fomento, quien pod& reducirlas si las encontrare exajeradas. 5". El concesionario queda obligado B pagar si F'isco cin- c.ueri,t,a ccntavcs, pi:!b. corrieiite, por cada quintal que expcrtare del prodlieto irdicaclo; ini:,uesto que se destina al foniento de la instrucci6n pLiLiica, bzjc la adainistracih de la Junta Superior Directiva de Estud ios. Ademas, qt:edz! oirligado cl coi?cesic~na;~io t: ex,iortar. e~n10 minimun, deupuks cle 10s cinco afios de hecha la prinierd exyorta- cibn, la cantidad anual de dos mil quintales de1 producto, por 10s diferentes puertos de la RepGblica, y a i cas0 de no produ- cirla, b satisfacer xarz el fin inclicado 10s mil pescs corresgon- dientes A la exportacl6n. 60. El concesionario podr6 intrclducir inmigrantes para sus fincas sin exijir retribucih algvna, ,usando del beneficio que acuerdan las dem&:; disposiciones a1 cas0 prescritas la ley de la materia de fecha 5 de Junio de 1879. 79. Los derechos aqui concedidos, podrti traspasarIos el con- cesionario a la persona 6 compania que juzgue conveniente, dan; do conocimiento del traspaso a1 Ministerio de Fomento. 8º. Los trabajos de esta empresa deberán comenzar dentro de seis meses de aprobada esta concesión por el Congreso Nacional, á pena de caducidad. 9º. Las dificultades que pudieren surjir por esta concesión se ventilarán por los tribunales de la República, sin que en ningún caso puedan dar lugar á reclamos internacionales. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 23 días del mes de Abril de 1887; año 44 de la Independencia y 24 de la Restauración. El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de los Despacho de lo Interior y de Guerra.—M. M. Gautier. El Ministro de Justicia, Fomento é Instrucción Pública.—J. T. MEJIA. El Ministro de Hacienda y Comercio.—J. J. JULIA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona