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Resolución

Resolución 2535

AUTORIZANDO AL AYUNTAMIENTO DE AZUA PARA QUE CONTINUE COBRANDO CINCO CENTAVOS A CADA QUINTAL DE AZUCAR QUE SE EXPORTE DE AQUEL PUERTO PARA EL EXTRANJERO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 abr de 1887fecha
Asunto municipaltipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2535.—RESOLUCION del C. N. autorizando al Ayuntamiento de Azua para que continúe cobrando cinco centavos á cada quintal de azúcar que se exporte de aquel puerto para el extranjero. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la solicitud que con fecha 25 de Marzo del corriente año y por órgano del Ministerio de lo Interior y Policía, dirige á este Alto Cuerpo el H. Ayuntamiento de Azua, pidiendo autorización para continuar cobrando la cantidad de cinco centavos fuertes á cada quintal de azúcar que se exporte de aquel puerto para el extranjero; y Atendiendo á la escasez de recursos con que cuenta la citada Corporación para cubrir las primordiales atenciones de la Instrucción pública en aquella localidad, á cuyo fin dedica el importe de esta renta, RESUELVE: Unico. Autorizar al H. Ayuntamiento de Azua, para que continúe cobrando la cantidad de 5 centavos fuertes á cada quintal de azúcar que se exporte de aquel puerto para el extranjero en la misma forma y manera que se ha venido haciendo hasta hoy. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional á los 4 días del mes de Abril de 1887; 44 de la Independencia y 24 de la Restauración. El Presidente,—Eugenio Generoso Marchena.—Los Secretarios,—J. M. Molina.—S. A. de Moya. El Consejo de Secretarios de Estado: Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en la ciudad de Santo Domingo, á los 15 dias del mes de Abril de 1887; 44º de la Independencia y 24º de la Restauración. El Ministro de Relaciones Exteriores, intº de lo Interior y Policía, y encargado de los Despachos de Guerra y Marina,—M. M. Gautier. El Ministro de Justicia, Fomento, é Instruccion Pública,—J. T. Mejía. El Ministro de Hacienda y Comercio,—J. J. Julia.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona