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Resolución

Resolución 2531

APROBRANDO EL CONTRATO DE EMPRESTITO DE $6,000 CELEBRADO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO PLATA Y EL BANCO DE LA COMPAÑIA DE CREDITO DE AQUELLA CUIDAD

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 abr de 1887fecha
Préstamo o financiamientotipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Banco de la Compañía de Crédito de aquella ciudad (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 2531.—RESOLUCION del C. N. aprobando el Contrato de empréstito de $6.000 celebrado entre el Ayuntamiento de Puerto Plata y el Banco de la Compañía de Crédito de aquella ciudad. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la solicitud que con fecha 19 de Marzo del corriente año y por órgano del Ministerio de lo Interior y Policía, dirige á este Alto Cuerpo el Honorable Ayuntamiento de Puerto Plata, pidiendo le sea aprobado el empréstito contraído en fecha 5 del mes y año expresado con el Banco de la Compañía de Crédito de aquella ciudad, montante á la suma de seis mil pesos fuertes; y Atendiendo á los motivos justificados de utilidad pública que obligan á dicha Corporación á contraer este compromiso, y á lo que prescribe el artículo 44 de la Ley de Ayuntamiento en vigor. RESUELVE: Unico: Aprobar el contrato de empréstito montante á la suma de seis mil pesos fuertes, celebrado por el H. Ayuntamiento de Puerto Pláta con el Sr. José Ginebra, Tesorero del Banco de la Compañía de Crédito de la misma, con las cláusulas y condiciones en él establecidas. § La presente resolución será enviada al P. E. para los fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á 1o. de Abril de 1887; año 44 de la Independencia y 24 de la Restauración. El Presidente, Eugenio Generoso Marchena.—Los Secretarios,—S. A. de Moya.—J. M. Molina. El Consejo de Secretarios de Estado: Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en la ciudad de Santo Domingo el día 1º de Abril de 1887; año 44 de la Independencia y 24 de la Restauración. El Ministro de Relaciones Exteriores, interino de lo Interior y Policía, y encargado de los Despachos de Guerra y Marina.—M. M. Gautier. El Ministro de Justicia, Fomento é Instruccion Pública,—J. T. Mejía. El Ministro de Hacienda y Comercio.—J. J. Julia.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona