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Resolución

Resolución 2530

AUTORIZANDO AL AYUNTAMIENTO DE ENRIQUILLO A COBRAR UNA TARIFA DE IMPUESTO MUNICIPAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 mar de 1887fecha
Asunto municipaltipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2530.—RESOLUCION del C. N. autorizando al Ayuntamiento de Enriquillo á cobrar una tarifa de impuesto municipal. Dios, Patria y Libertad.— República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la exposición de fecha 4 de Enero del corriente año elevada por el H. Ayuntamiento de la Común de Enriquillo á este Alto Cuerpo, solicitando aprobación para la tarifa que ha formulado gravando con un pequeño impuesto varios frutos que se exportan de aquella Común; y Atendiendo á que las cortas entradas ordinarias de dicha Corporación la obliga á crear impuestos extraordinarios para poder cubrir así sus más primordiales atenciones en bien de la comunidad. Visto el artículo 75 de la Constitución, RESUELVE: Autorizar al H. Ayuntamiento de la Común de Enriquillo (Distrito de Barahona) para que pueda cobrar el impuesto de referencia y conforme á la Tarifa que á continuación se expresa: TARIFA De exportación para la Común de Enriquillo. Abey, millar — 30 centavos Cahoba, cañones m. pies — 30 ” Cahoba, orqueta 50 ” Cedro 30 ” Cera, qq 20 ” Concha de carey, lb. 05 ” Cueros de res, uno 021½ ” Cueros de cabra, docena 05 ” Espinillo m. de pies 40 ” Guayacán, tonelada 30 ” Yallas, el 100 30 Miel de abeja, galón 01 ” Vera ó guayacaneja, tonelada 10 ” Mora ó sus análogos 10 ” Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 25 días del mes de Marzo de 1887; año 44 de la Independencia y 24 de la Restauración. El Presidente,—J. M. Arzeno.—Los Secretarios,—Lorenzo R. Gómez, Pedro M. Bastardo. El Consejo de Secretarios de Estado: Cúmplase, publíquese y comuníquese á quien corresponda. Dada en la ciudad de Santo Domingo el día 30 de Marzo de 1887; año 44 de la Independencia y 24 de la Restauración. El Ministro de Relaciones Exteriores, interino de lo Interior y Policía, y encargado de los Despachos de Guerra y Marina,—M. M. Gautier. El Ministro de Justicia, Fomento &.—J. T. Mejía. El Ministro de Hacienda y Comercio,—J. J. Julia.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona