Texto de la norma
Num. 2521.-RESOLUCION
del P. E. ampliando la eoncesi6n
de alumbrado piiblico de Santiago y Puerto Plata, acor-
dada a1 Sr. H. C. C. Astwood, para que pueda extender
dicho alumbrado hasta Moca, La Vega y Macoris.
Dios, Patria y Libertad.-Repfiblica
Dominicans.-Ulises
Heureaux, General de Divisi6n del Ejkrcito Nacional y Presi-
dente Constitucional de la Rep6blica.
Por cuanto el Seiior H. C. C. Astwood. en su calidad de apo-
derado especial del Seiior William S t John y Rafael M. Ro-
driguez, en su propio nombre, han solicitado por 6rgano del Mi-
nisterio de Fomento, que la concesi6n que se les otorg6 en fecha
12 de agosto del aiio pr6ximo pasado para establecer el alumbra-
do pliblico y privado en las ciudades de Puerto Plata y Santiago
de 10s Caballeros, por el gas hidr6geno carbono, la electricidad
u otro medio con arreglo 8 las mejoras y perfeccionamiento m8s
modernos, se amplie, hacikndola extensiva B las ciudades de Mo-
ca, La Vega, y San Francisco de Macoris.
Visto el articulo 52, atribuci6n 12 de la Constituci6n y de a-
cuerdo con el Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVO :
Hacer extensiva 5, las ciudades de Moca, La Vega y Macoris
la concesi6n otorgada en fecha 12 de agosto del aiio pr6ximo pa-
sad0 B 10s Seiiores William St. John y Rafael M. Rodriguez para
establecer el alumbrado p~blico y privado en las ciudades de
Puerto Plata y Santiago, ,bajo identicas condiciones y derechos
consignados en la mencionada concesi6n, con la sola variaci6n de
que, sólo estarán obligados á establecerla en aquellas poblaciones cuando ya esté funcionando el alumbrado de Santiago y Puerto Plata, debiendo principiar los trabajos en ellas, á los seis meses de cumplida esta circunstancia.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los dos días del mes de marzo de 1887; año 44 de la Independencia y 24 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada :—El Ministro de Fomento &.—J. T. Mejía.
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