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Resolución

Resolución 2135

DEL C. N. ANULANDO LOS CONCESIONES OTORGADAS POR EL P. E. A LOS SEÑORES H. THOMASST, W. H. HINMAN, C. B. HALL, MAXIMILIANO C. GRULLON, M. C. GRULLON, Y J. DE LEMOS Y FERNANDO PALMA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 jun de 1883fecha
Concesióntipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2135.—RESOLUCION del C. N. anulando las concesiones otorgadas por el P. E. á los señores H. Thomass, W. H. Hinman, C. B. Hall, Maximiliano C. Grullón, M. C. Grullón, y J. de Lemos y Fernando Palma. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República. Vistas, examinadas y reconsideradas las concesiones otorgadas por el Poder Ejecutivo á los señores H. Thomasset, para el establecimiento de un sistema de tranvías en la Capital de la República; á W. H. Hinman, para construir un muelle con su enramada y depósito en la playa de Puerto Viejo; á Eduardo B. Hall, para el establecimiento de una vía férrea entre la ciudad de Santo Domingo y la de Azua; á Maximiliano C. Grullón para el establecimiento de un banco; á M. C. Grullón y J. de Lemos, para explotar una mina de cuarzo aurífero; y á Fernando Palma, para la explotación de los cayos "Los siete hermanos," en las aguas de Monte Cristy; y Atendiendo á que dichas concesiones no se han llevado á efecto en los respectivos términos de sus cláusulas. En virtud de lo que previene el artículo 2° del decreto del Congreso Nacional, fecha 30 de Junio sobre concesiones, (2) RESUELVE: Unico: Quedan nulas, de ningún valor ni efecto las concesiones otorgadas á favor de los señores H. Thomasset, W. M. Hinman, E. B. Hall, M. C. Grullón, M. C. Grullón, y J. de Lemos y Fernando Palma, para los fines expresados en aquellos. (1) V. núms. 1945, 1957, 1967, 1999, 2049 y 2050. (2) V. núm. 2035. La presente resolución se enviará al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en la ciudad de Santo Domingo, á los 25 días del mes de Junio de 1883, año 40 de la Independencia y 20 de la Restauración.—El Presidente, A. Deetjen.—Los Secretarios: E. Morel, S. A. de Moya.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona