Texto de la norma
Núm. 575.—RESOLUCION del General Libertador destinando el local del ex-Convento de Regina para el establecimiento de instruccion de niñas que regenta la Señorita Manuela Calero.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Pedro Santana, Libertador de la Patria, General en gefe de los ejércitos, y por la soberana voluntad del pueblo, encargado de restaurar el imperio de la Constitucion y las leyes &c.
Vista la peticion dirijida por la Señorita Manuela Calero, por el órgano de la Secretaría de Justicia é Instruccion Pública.
Considerando: que el local que hoy se solicita para el establecimiento de una Escuela de niñas, había sido acordado en nueve de Octubre de mil ochocientos cincuenta y cinco, para dicho establecimiento; y que por uno de los actos de la Administracion pasada fué distraido de su destino, para hacerlo servir de hospital, sin otro fin que el de destruir tan importante instituto.
Considerando: que en el establecimiento que se propone restablecer la Señorita Calero, no puede conseguirse el pensamiento de estabilidad, si no se dedica un local definitivamente para él.
Considerando: que la peticionaria, en el tiempo en que se le acordó el local por primera vez, hizo á su costa todas las reparaciones necesarias; y que con el destino que le dió el Gobierno pasado, se destruyó en gran parte, dejándolo en el mayor estado de desaseo.
Considerando: que el Ayuntamiento de esta Capital debía establecer una escuela de niñas con los fondos de la comun, para lo cual se había votado una suma en los presupuestos de la corporacion, con el fin de que se admitiese una cantidad de niñas pobres, sin retribucion particular alguna,
RESUELVE,
Que el local del ex-Convento de Regina sea destinado al establecimiento de instruccion de niñas que regenta hoy la Señorita Manuela Calero, bajo la forma y reglas que establecerá. Que las reparaciones del momento sean hechas de cuenta de la caja pública, concediéndole á la preceptora la suma de diez y seis pesos fuertes, ó su equivalente en moneda nacional
mensualmente, que se abonarán por la administracion de hacienda por cuenta de la caja comunal, para servir de retribucion por el número de diez y seis niñas pobres que serán admitidas en el establecimiento, mediante la inscripcion de matrícula que al efecto se abrirá en la Gobernacion Política de esta Provincia.
La presente Resolucion será comunicada, por quien corresponda, á los Secretarios encargados de la Justicia é Instruccion Pública, y de Hacienda y Comercio.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los siete dias del mes de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y ocho, y 15º. de la Patria.—Santana.
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