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Resolución

Resolución 443

DEL P. E. MANDANDO PONER EN COMPLETA LIBERTAD AL SENTENCIADO MANUEL MORA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 nov de 1856fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 443.—RESOLUCION del P. E. mandando poner en completa libertad al sentenciado Manuel Mora. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana,—El Consejo de Ministros, reunido competentemente bajo la presidencia de S. E. el Presidente de la República. Considerando: que el Sr. Manuel Mora, condenado por el Consejo militar de 1845 á reclusion perpétua, y seguidamente trasportado á un calabozo de Puerto Plata (el cubo), donde permaneció el espacio de doce años: que al cabo de este tiempo se mandó pasar á la cárcel de esta Capital, en la que últimamente el anterior Gobierno, en vista del estado de enagenacion é imbecilidad del condenado, mandó ponerle en libertad, al mismo tiempo que ordenó confinarle en la comun de Moca; pero que dicha órden de libertad no se llevó á efecto, ignorándose la causa que justificase la revocacion de dicha órden. Considerando: que toca al actual Gobierno, esencialmente humanitario, correjir los abusos del pasado; y que teniendo por mas abusivo el presente acto, pues se ha sometido á un desgra- ciado á la dura prueba de alhagarle con la vana esperanza de un perdon mentido, es de su deber apresurarse á reparar el mal, RESUELVE: Que el Sr. Manuel Mora sea puesto inmediatamente en completa libertad, quedando el Sr. Ministro de la Guerra encargado de trasmitir a la autoridad competente esta Resolucion para su debido cumplimiento. Dada y firmada en la ciudad de Santo Domingo á los doce dias del mes de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y seis, y 13º. de la Patria.—El Presidente de la República,—Buenaventura Baez.—El Ministro de Justicia, Instruccion Pública y Relaciones Exteriores,—Felix Maria Delmonte.—El Ministro del Interior, Policía y Agricultura,—Pedro A. Bobea.—El Ministro de Hacienda y Comercio,—D. Coen.—El Ministro de Guerra y Marina,—J. E. Aybar.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona