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Resolución

Resolución 1025

DEL P. E. CONCEDIENDO AL SEÑOR ALVARO FERNANDEZ EL PERMISO PARA ABRIR SALINAS EN LA ISLA BEATA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 may de 1867fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1025.—RESOLUCION del P. E. concediendo al Señor Alvaro Fernandez el permiso para abrir salinas en la isla Beata. Dios, Patria y Liberad.—República Dominicana.—El Consejo de Secretarios de Estado, encargado del Poder Ejecutivo. Vista la instancia dirijida al Ministro de lo Interior por el ciudadano Alvaro Fernandez, solicitando el correspondiente permiso para establecer y explotar unas salinas en la isla Beata. Considerando: que esta empresa ofrece bajo todos conceptos ventajas al Erario y al pais, RESUELVE: Articuo 1º. Conceder al ciudadano Alvaro Fernandez el correspondiente permiso para establecer unas salinas en la isla Beata, y explotarlas por el término de veinte años,, pudiendo aprovechar el producto y disponer libremente de él, ya sea que haga la explotacion por sí ó por medio de alguna compañía, quedando sujeta la empresa á las condiciones siguientes: 1a. La de empezar los trabajos para el establecimiento de las salinas dentro del término de un año, á contar de la fecha de esta concesion. 2a. La de pagar al Erario un 5 por ciento del producto de la explotacion de dichas salinas. 3a. La de que todos los buques que vayan á cargar la sal se despachen en uno de los puertos habilitados de la República, donde pagarán los derechos de puerto y toneladas señalados. 4a. La de sujetarse á todas las prescripciones legales que rijan en la República sobre cualquiera empresa. Art. 2º. Esta empresa gozará de la exencion del pago de permiso de costa que por el decreto del Congreso Nacional, fecha 16 de Abril de este año, se acuerda á los buques extranjeros que carguen sal para exportarse fuera del pais. Art. 3º. Los útiles é instrumentos que se importen, destinados á la explotacion de sal, quedan declarados libres de todo derecho. Art. 4º. La presente concesion caducará, si en el término fijado en el primer inciso del artículo 1º. no se ha dado principio á los trabajos para el establecimiento de las salinas. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, á los nueve dias del mes de Mayo de 1867, 24 de la Independencia y 4º. de la Restauracion.—El Ministro de lo Interior, encargado de los Despachos de Justicia é Instruccion Pública, Apolinar de Castro.—El Ministro de Hacienda y Comercio, Pablo Pujol.—El Ministro de Guerra y Marina, Juan E. Aybar.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona