Texto de la norma
Núm. 3596.—RESOLUCION del C. de SS. de E. dispensando la edad á la joven Felipa Mariano, menor de 14 años, para que pueda contraer matrimonio con el señor Francisco Martínez.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Consejo de Secretarios de Estado encargado del Poder Ejecutivo.
Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo,—por órgano del Ministerio de Justicia é Instruccion Pública,—por el abogado Genaro A. Goico, en representación del Sr. Francisco Martínez, quien á su vez obra en nombre de la señorita Felipa Mariano, de catorce años de edad, del domicilio de la ciudad del Seybo, pidiendo para ésta la dispensación de edad á que se refiere el artículo 145 del Código Civil, para que pueda contraer matrimonio con el referido Sr. Francisco Martínez, del mismo domicilio, mayor de edad y de estado soltero;
Considerando: que la joven Felipa Mariano es menor de ca-
torce años, y que existen causas graves según lo expresa la aludida solicitud;
Visto el mencionado artículo 145 del Código Civil,
RESUELVE:
Único: dispensar la edad á la joven Felipa Mariano, menor de catorce años, para que pueda contraer matrimonio con el Sr. Francisco Martínez.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 27 días del mes de Noviembre de 1895; año 52 de la Independencia y 33 de la Restauración.
El Secretario de Estado en los DD. de lo Interior y Policía.—P. A. Lluberes.
El Secretario de Estado en los DD. de Relaciones Exteriores y encargado de los de Justicia etc.—Enrique Henríquez.
El Secretario de Estado en los DD. de Hacienda y Comercio y encargado de los de Fomento etc.—Rivas.
El Secretario de Estado en los DD. de Guerra y Marina etc.—Braulio Alvarez.
El Secretario de Estado en los DD. de Correos y Telégrafos.—J. M. Pichardo B.
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