Texto de la norma
Núm. 3562.—RESOLUCION del P. E. estableciendo en el poblado de Esperanza, de la Provincia de Santiago, una Oficina del Estado Civil.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Vista la solicitud de fecha 10 de los corrientes, elevada al Poder Ejecutivo por órgano del Ministerio de Justicia etc., por
el Ilustrísimo y Reverendísimo Sr. Arzobispo Metropolitano, con el fin de que se establezca en el poblado de Esperanza, perteneciente á la provincia de Santiago de los Caballeros, una oficina de Estado Civil;
Ateniendo: á que debe propenderse á la creación de nuevas circunscripciones políticas, que favorezcan el ensanche de la población y desarrollo del progreso efectivo del país;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE:
Establecer en el poblado de Esperanza, perteneciente á la provincia de Santiago de los Caballeros, una Oficina del Estado Civil; y al efecto, se demarcan á dicho poblado los mismos límites que reconoce la Iglesia, y son los siguientes:.
Desde Mejía hasta la Barranquita de Guayacanes; de aquí hasta las aguas del Yaque y Yaque arriba hasta volver á Mejía, entre cuya circunscripción se hallan las secciones de Mejía, Navarrete, Aguacate, Pontón, Cerro de la Horca, La Peñuela, Cañeo, Esperanza, Boca de Mao, Damajagua, Jicomé y Maizal.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, á los 16 días del mes de Julio de 1895; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración.
Refrendada: El Secretario de Estado en los Despachos de Justicia é Instrucción Pública.—S. E. Valverde.
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