Texto
Texto de la norma
Núm. 3555.—RESOLUCION del P. E. concediendo salvo-coducto para que pueda regresar al país, el ciudadano Francisco A. Gómez y Moya.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: que el ciudadano Francisco Antonio Gómez y Moya, que se encuentra ausente del país, por causas políticas, ha solicitado salvo-conducto para regresar á él; vista la 23ª atribución del artículo 51 de la Constitución del Estado;
RESUELVE:
Se concede salvo-conducto para que pueda regresar al país, al ciudadano Francisco A. Gómez y Moya, debiendo efectuar su entrada por el puerto de Monte Cristy.
El ciudadano Ministro de lo Interior y Policía queda encargado de comunicar la presente Resolución.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 28 de Junio de 1895; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.—P. A. Lluberes.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores.—Enrique Henríquez.
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