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Resolución

Resolución 3537

DEL C.N. APROBANDO LA PRORROGA CONCEDIDA POR EL P.E. AL SEÑOR J. W. VILLAIN, REPRESENTANTE DE LOS SEÑORES SAMUEL A. FOWLE, EVERETT D. GODFREY Y HENRY L. BEAN, CONCESIONARIOS DEL FERROCARRIL CANTRAL DE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 jun de 1895fecha
Concesióntipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3537.—RESOLUCION del C. N. aprobando la prórroga concedida por el P. E. al señor J. W. Villain, representante de los señores Samuel A. Fowle, Everett D. Godfrey y Henry L. Bean, concesionarios del Ferrocarril Central de Puerto Viejo á Manzanillo. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 29 de Marzo del corriente año, por la cual acuerda á los concesionarios del Ferrocarril Central de Puerto Viejo á Manzanillo, un año de prórroga para que puedan comenzar los trabajos de construcción del mencionado Ferrocarril; Considerando: que la construcción de ese Ferrocarril es de gran utilidad para la República; y que si aun no se han comenzado los trabajos ha sido por la crisis económica que azota desde hace tiempo los principales centros financieros de Europa; RESUELVE: Aprobar la prórroga otorgada por el Poder Ejecutivo al señor J. W. Villain, representante de los señores Samuel A. Fowle, Everett D. Godfrey y Henry L. Bean, concesionarios del Ferrocarril Central de Puerto Viejo á Manzanillo. Dada en el Congreso Nacional hoy 17 de Junio de 1895; año 32 de la Independencia y 32 de la Restauración. El Presidente.— Pedro A. Bobea.—Los Secretarios.—Guarín González, I. Mejías. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 dias del mes de Junio de 1895; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración. El Vice Presidente Constitucional de la República, en ejercicio de la Presidencia. W. FIGUEREO. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Cordero.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona