DEL C.N. CONCEDIENDO PERMISO AL H. AYUNTAMIENTO DE SABANA DE LA MAR PARA QUE PUEDA VENDER CUARENTA SOLARES EN LOS TERRENOS DEL EJIDO, E INVERTIR EL PRODUCIDO DE LA VENTA EN LA CONCLUSION DE UNA CASA CONSISTORIAL Y PAGO DE ALGUNAS DEUDAS
Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.
Texto
Texto de la norma
Núm. 3525.—RESOLUCION del C. N. concediendo permiso al H. Ayuntamiento de Sabana de la Mar para vender cuarenta solares en los terrenos del Ejido, é invertir el producido de la venta en la conclusión de una casa consistorial y pago de algunas deudas.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la solicitud que con fecha 7 de Mayo del corriente año dirige á este Alto Cuerpo el Honorable Ayuntamiento de Sabana de la Mar, pidiendo autorización para vender 40 solares en los terrenos del Ejido;
Ateniendo: Que el Honorable Ayuntamiento se propone con el producido de esa venta concluir una casa consistorial con departamentos para escuelas de ambos sexos y residencia del Cura
de la Parraquia y cubrir a1 iksmo tiempo algunos compromisos
que tiene pendientes por ese concepto;
Considerando : Que es deber del Honorable Congreso Nacio-
nal facilitar Q 10s Municipios 10s medios de poder dar notaciones
de amor a1 progreso, cuando para ello soliciten favores que B
nadie causen perjuicio
Visto el articulo 68 de la Ley de Ayuntamientos:
RESUELVE :
Conceder a1 Honorable Ayuntamiento de Sabana de la Nar
a1 permiso de vender cuarenta solares en 10s terrenos del Ejido
para invertir su producido en la conclusidn de una casa consis-
torial y pago de deudas contraidas por ese concepto, debiendo
dar cuenta oportunamente a la Honorable Chmara de Cuentas de
la Rep6blica de la inversidn de esos fondos.
Queda entendido que 10s solares que VQ Q enajenar el Hc-
mrable Ayuntamiento de Sabana de la Mar, no pueden ser des-
tinados sino B la fabricacibn de casas, debiendo guardarse en Ia
constrncci6n de ellas la simetria necesaria J' dcjiindose el espa-
cio conveniente para la €ormacih de calks.
La presente resolucidn sera enviada a1 Yoder Ejecutivo p a x
10s fines constitucionales.
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacio-
nal, B 10s 14 dias del mes de Mayo de 1895; afio 52 de la Inde-
pendencia y 32 de !a Restauracibn.
El Presidente.-Pedro
A. Bobea.-Los
Secretaries.-H. nil-
quela, Guarin Gonzhlez.
EjecGtese, comuniquese por la Secretaria de Estado corres-
pondiente, publichdose en todo el territorio de la Republica
para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nlacional de Santo Domingo, Capital de
la Republica, 6 10s 22 dias del mes de Mayo de 1895; afio 52 de
la Independencia y 32 de la Restauracidlr
U. HEUIZEAUX.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Po1icia.-P.
A.
L1 uberes.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona