Texto
Texto de la norma
Núm. 3510.—SALVO-CONDUCTO para regresar al país otorgado por el P. E. en favor de los Sres. Enrique y Luis González Lamarche.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: que los ciudadanos Enrique y Luis González Lamarche, que se encuentran expulsos, han solicitado salvo-conducto para regresar al País;
Vista la 23 atribución del artículo 51 de la Constitución del Estado;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE:
Se concede salvo-conducto, para que puedan regresar al País, á los ciudadanos Enrique y Luis González Lamarche, debiendo efectuar su entrada por el puerto de esta Capital.
§ El ciudadano Ministro de lo Interior y Policía queda encargado de comunicar la presente Resolución.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 23 días del mes de Abril de 1895.; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.—P. A. Lluberes.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores.—Enrique Henríquez.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona