Texto de la norma
Núm. 3501.—RESOLUCION del C. N. aprobando el anterior contrato.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.—Declarada la urgencia.
Visto el contrato celebrado entre el ciudadano Ministro de Hacienda y Comercio de la República, en representación del P. E. de la misma, de una parte, y el señor William P. Clyde, representado por su apoderado especial señor Edward C. Reed, en calidad de armadores de los vapores americanos de la línea Clyde que hacen el servicio de correo entre New York y los principales puertos de la República, de la otra;
Atendiendo: que los beneficios que obtiene el País con la celebración de dicho contrato son satisfactorios para las partes contratantes:
Considerando: que los Poderes Públicos están en el deber de buscar cuantos medios lícitos les sean posibles para redimir al Fisco de todo compromiso que pese sobre el Erario Público;
Vista la 36ª atribución del artículo 25 de la Constitución del Estado,
RESUELVE:
Aprobar, en todas sus partes, el contrato celebrado entre el ciudadano Ministro de Hacienda y Comercio, en representación del Gobierno, y el señor Edward C. Reed, en representación y como apoderado especial del señor William P. Clyde, el día 30 de Marzo del presente año.
La presente resolución será enviada al P. E. para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 3 días del mes de Abril de 1895; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración.
El Presidente.—Jorge Curiel.—Los Secretarios.—R. García Martínez.—Pedro A. Bobea.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 4 días del mes de Abril de 1895; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Rivas.
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