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Resolución

Resolución 3498

DEL P.E. PRORROGANDO POR EUN AÑO MAS EL PLAZO EN QUE DEBE COMENZAR SUS TRABAJOS LA COMPAÑIA DEL "FERROCARRIL CANTRAL DE PUERTO VIEJO Y MANZANILLO DE SANTO DOMINGO".

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 mar de 1895fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3498.—RESOLUCION del P. E. prorrogando por una año más el plazo en que debe comenzar sus trabajos la Compañía del "Ferrocarril Central de Puerto Viejo y Manzanillo de Santo Domingo". Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Vista la solicitud del Señor J. M. Villain, representante de los Señores Samuel A. Fowle, Everett D. Godfrey y Henry L. Bean, de fecha 16 del corriente mes, elevada al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Fomento y Obras Públicas, encaminada á recabar una prórroga de un año para comenzar los trabajos de construcción del "Ferrocarril Central de Puerto Viejo y Manzanillo de Santo Domingo", los que no habían podido ser comenzados á consecuencia de la crisis económica que actualmente azota los principales centros financieros de Europa y los EE. UU. de América; Considerando: que de la realización de este ferrocarril depende en mucho que la República llegue á su mayor prosperidad, por cuanto que la zona que ha de recorrer es de las más ricas é importantes, principalmente en productos naturales estancados por falta de vías de comunicación; Considerando: que este ferrocarril vendrá á prestarle al Estado grandes beneficios que no se enumeran por ser conocidos de todos; Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVE: Acordar á los concesionarios del "Ferrocarril Central de Puerto Viejo y Manzanillo de Santo Domingo" prórroga de un año para que puedan comenzar los trabajos de construcción del mencionado ferrocarril. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 29 días del mes de Marzo de 1895; año 52 de la Independencia y 32 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.— Cordero.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona