Texto
Texto de la norma
Núm. 3489.—RESOLUCION del P. E. aprobando en todas sus partes el Reglamento por el cual se regirán los buques de Guerra Nacional, formulado por el Ministerio de Guerra y Marina.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: Que la Marina de Guerra Nacional, exige reglamentos que con toda precisión determinen el servicio interior de los buques;
Considerando: Que para el mantenimiento del orden y disciplina de los mismos se deben prescribir las obligaciones y deberes de sus tripulantes;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE:
Unico: Aprobar en todas sus partes el Reglamento sometido por el Ministerio de Guerra y Marina, (1) por el cual se regirán los buques de Guerra Nacional, y el que derogará todo otro Reglamento que le sea contrario.
(1) V. núm. 3485.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 17 días del mes de Enero de 1895; año 51 de la Independencia y 32 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de Guerra y Marina, interino.— Braulio Alvarez.
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