Texto de la norma
Núm. 3470.—RESOLUCION del P. E. autorizando á la "Junta de Caridad" para celebrar anualmente un sorteo, el 23 de Diciembre, que se denominará "Sorteo de Navidad", destinado á la obra piadosa de esa Junta.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Vista la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el órgano del Ministerio de lo Interior y Policía, en la cual expone la "Junta de Caridad" Administradora de las Casas de Beneficencia y Manicomio, de esta ciudad, que con la suma de setecientos veinte pesos, á que alcanza el producto de su lotería, cada veintiún días, no le es posible atender al sostenimiento de los acogidos, curación de enfermos, enterramiento de los que mueren, ni poner, en fin, tan útiles establecimientos á la altura que por su destinación requiere cada uno de ellos;
Considerando: que para atender á las razones expuestas, la "Junta de Caridad" solicita del Gobierno se le acuerde un sorteo de la lotería, á favor del Manicomio, y se le conceda la reforma de los que actualmente se juegan en la forma que propone;
Atendiendo: al piadoso propósito que abriga la "Junta de Caridad" y á la buena intención del Gobierno, en beneficio de los desgraciados menesterosos;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE:
Se concede autorización, únicamente, á la "Junta de Caridad" para celebrar anualmente un sorteo el 23 de Diciembre, (á contar del 94), que se denominará "Sorteo de Navidad", cuyo producido, junto con el de los sorteos ya autorizados, se destinará á las obras piadosas que la Junta entretiene.
§ La anterior facultad autoriza á la "Junta de Caridad" á celebrar el "Sorteo de Navidad" el 23 de Diciembre de cada año, transfiriéndose para otro día cualquiera de los que se celebran en esta ciudad si cayere en esa fecha.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 13 días del mes de Noviembre de 1894; año 51 de la Independencia y 32 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía.—P. A. Lluberes.
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