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Resolución

Resolución 1478

DE LA C. L. AUTORIZANDO AL P. E. PARA QUE, POR CUENTA DEL ESTADO, ADQUIERA LA CASA QUE POSEE LA SEÑORA FROILANA FLEBES EN EL SEYBO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 oct de 1875fecha
Otrastipo
Cámara Legislativaórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1478.—RESOLUCION de la C. L. autorizando al P. E. para que, por cuenta del Estado,, adquiera la casa que posée la señora Froilana Febles en el Seybo. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—La Cámara Legislativa. Considerando: Que la casa que en la ciudad del Seybo posée la señora Froilana Febles, ha sido destruida desde 1868; y por disposicion gubernativa destinada á servir de cuartel á las tropas de la provincia; que durante ese tiempo no se ha satis- fecho á la propietaria el alquiler que podia reditar su propiedad, segun está comprobado en la documentacion que obra en esta Cámara. 2º. Que la señora viuda Febles al dirijirse á este Alto Cuerpo, reclamándole el importe de su propiedad, lo coloca en la alternativa de ordenar el pago de dichos alquileres ó de adquirir la propiedad por estar aun afectada al servicio del Estado. 3º. Que si fueren á calcularse tan solo los alquileres que han dejado de pagarse durante los ocho años que han trascurrido, el monto de aquellos superaría al valor de la misma propiedad tasada en ochocientos pesos. RESUELVE: Autorizar al Poder Ejecutivo para que, por cuenta del Estado, adquiera la referida casa de la señora Froilana Febles, y la destine al uso que desde el año 1868 viene sirviendo, ó al que sea mas conveniente. Dada en la sala de sesiones de la Cámara Legislativa en Santo Domingo, Capital de la República, á los 14 dias del mes de Octubre de 1875, año 32 de la Independencia y 13 de la Restauracion.—El Presidente, Apolinar de Castro.—El Secretario, Cárlos Nouel. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su puntual cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 18 dias del mes de Octubre de 1875, año 32 de la Independencia y 13 de la Restauracion.—Ignacio M. Gonzalez.—Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, Juan B. Zafra.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona