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Resolución

Resolución 1455

DEL P. E. CONCEDIENDO PRIVILEGIO A LOS SEÑORES ISAIAS FRANCO Y FERMIN GOUSSARD, PARA ESTABLECER UNA CERVECERIA EN LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 sept de 1875fecha
Concesióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
ISAIAS FRANCO Y FERMIN GOUSS (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 1455.—RESOLUCION del P. E. concediendo privilegio á los señores Isaias Franco y Fermin Goussard, para establecer una cervecería en la provincia de Santo Domingo. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ignacio Maria Gonzalez, Presidente de la República. Por cuanto el ciudadano Isaias Franco y el señor Fermin Goussard, ciudadano de la República Francesa, se han dirigido al Ministerio de lo Interior y Policía en fecha 2 de Setiembre corriente, manifestando el proyecto que tienen de establecer en el pais una cervecería; y pidiendo al Gobierno, para llevar á cabo la empresa, les conceda el privilegio exclusivo en la provincia de Santo Domingo por el término de diez años. Atendiendo á que dicha empresa atraerá ventajas al pueblo, puesto que le será fácil adquirir ese artículo á mejor precio que el que hoy tiene fijado para su expendio. Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, HE RESUELTO: Conceder, como por las presentes concedo, al ciudadano Isaias Franco y al señor Fermin Goussard, el privilegio exclusivo para establecer en la provincia de Santo Domingo una cervecería, pudiendo usar de dicho privilegio exclusivo por el término de diez años que principiarán á contarse desde el primero de Octubre del corriente año. La empresa estará obligada, bajo pena de nulidad de la presente concesion, á dar principio á los trabajos en el término de un año, á contar desde esta fecha, y tendrá el derecho de vender ó ceder segun su voluntad, el todo ó parte de este privilegio que se le asegura por las presentes en los términos que señalan las leyes de la materia. Las máquinas y útiles para esta empresa quedan libres de derecho de importacion. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los ocho dias del mes de Setiembre de 1875, año 32 de la Independencia y 13 de la Restauracion.—Ignacio M. Gonzalez.—Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona