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Resolución

Resolución 1429

DEL P. E. ANULANDO LA CONCESION, FECHA 28 DE NOVIEMBRE DE 1874, A FAVOR DE LOS SEÑORES L. DEL MONTE Y OTROS, PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN BANCO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jul de 1875fecha
Concesióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
L. DEL MONTE Y OTROS (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 1429.—RESOLUCION del P. E. anulando la concesion, fecha 28 de Noviembre de 1874, á favor de los señores L. Del Monte y otros, para el establecimiento de un Banco. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Poder Ejecutivo de la República. Considerando: que en fecha 28 de Noviembre de 1874, al concederse privilegio exclusivo á los señores Leonardo Del Monte, M. B. da Cunha Reis, C. Alfonzo, J. Wood Bell, constituidos en sociedad anónima, establecida en la ciudad de New York, bajo la denominacion de "American Dominican Company" por acto pasado ante el señor P. Bombardier, notario público de aquella ciudad, en fecha 30 de Septiembre del mismo año, para fundar un banco de emision, descuento, etc., construir un ferro carril y otras empresas; se estableció como condicion en la 13ª. cláusula de dicha concesion, el término de cuatro meses contados desde la fecha precitada, para dar principio á las operaciones de banco, de conformidad á las cláusulas condicionales; y que ademas, en fecha 11 de Febrero del año corriente se concedió una prórroga de tres meses para los mismos fines. Considerando: que ha trascurrido el fijado término de siete meses sin que se haya dado cumplimiento á la condicion que establece la 13ª. cláusula de la concesion ya anunciada. Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVE: Unico. Se declara nula, de ningun valor ni efecto la concesion de privilegio exclusivo para el establecimiento de un banco de emision, descuento, etc., otorgada en fecha 28 de Noviembre de 1874, á los señores Leonardo Del Monte M. B. de Cunha (1) V. núm. 1345. Reis, C. Alfonzo, G. Grabb y J. Wood Beil que constituyen la sociedad anónima denominada "American Dominican Company". Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los doce dias del mes de Julio de 1875, año 32 de la Independencia y 12 de la Restauracion.—Ignacio M. Gonzalez.—Refrendada: el Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona