Texto de la norma
Núm. 1381.—RESOLUCION del J. S. concediendo privilejio á los Sres. Jaime Ratto y Juan A. Cohen para establecer una fábrica de naipes.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ignacio Maria Gonzalez, Presidente de la República y, por la voluntad de los pueblos, encargado del Poder Supremo de la Nacion.
Por cuanto los señores Jaime Ratto, comerciante, residente en [domicilio omitido]. Coen, profesor de idiomas, han solicitado en fecha 8 de Febrero corriente el privilejio exclusivo para establecer en la República una fábrica de naipes de todas las clases y de la misma calidad de los que se importan de Barcelona y Génova, pidiendo ademas se les concedan algunas franquicias que les faciliten los medios necesarios para el sostenimiento de esa industria.
En uso de las facultades con que me hallo investido, y de acuerdo con el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
HE RESUELTO:
Conceder, como por las presentes concedo, á los señores Jaime Ratto y Juan A. Cohen, el privilegio exclusivo para establecer en la República una fábrica de naipes de la misma calidad y clase de los que se importan de Barcelona y Génova, acordán- doseles las franquicias siguientes :
1º. Las prensas, moldes y materiales necesarios para la fábrica de dicho artículo, serán importados libres de derecho.
2º. Los naipes manufacturados por los concesionarios en la República, podrán ser exportados libres tambien de derechos.
El presente privilegio se les asegura por el término de ocho años, á contar de la fecha y conforme á lo que prescriben las leyes del pais, declarándose el presente nulo y sin ningun valor,
si dentro de diez meses no se ha dado principio á los trabajos del establecimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 19 dias del mes de Febrero de 1875, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion.—Ignacio M. Gonzalez.—Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.
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