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Resolución

Resolución 1377

DEL J. S. DEROGANDO LOS PARRAFOS PRIMERO Y SEGUNDO DEL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO DE EDUCACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 feb de 1875fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1377.—RESOLUCION del J. S. derogando los párrafos primero y segundo del artículo 10 del Reglamento de educacion pública. (1) Dios ,Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ignacio María Gonzalez, Presidente de la República y, por la voluntad de los pueblos, encargado del Poder Supremo de la Nacion. Atendiendo á la importancia de los distritos marítimos de Puerto Plata y Samaná; y á que cuentan con el personal suficiente para formar en su respectiva localidad la Junta Provincial de estudios que crea el Reglamento sobre educacion pública en vigor. En virtud á las facultades de que me hallo investido, y oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVO: Derogar los párrafos primero y segundo del artículo 10 del Reglamento sobre educacion pública, fecha 31 de Diciembre de 1866, que sujeta los distritos marítimos de Puerto Plata y Samaná á la jurisdiccion de las Juntas Provinciales de Santiago y el Seybo. Los Gobernadores de dichos distritos procederán á instalar inmediatamente las Juntas Provinciales de estudio de que trata el Reglamento sobre educacion en vigor. (1) Véase núm. 983. Dada en la ciudad de Santo Domingo á los tres dias del mes de Febrero de 1875, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion.—Ignacio M. Gonzalez.—Refrendada: El Ministro de Justicia é Instruccion Pública, José de J. Castro.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona