Texto de la norma
Núm. 1359.—RESOLUCION del J. S. concediendo privilegio al señor Domingo Rodríguez, para la fabricacion de ladrillos y tejas de todas clases.
Dios, Patria y Libertad.— República Dominicana.— Ignacio María González, Presidente de la República y, por la voluntad de los pueblos, encargado del Poder Supremo de la Nacion.
Por cuanto el ciudadano Domingo Rodríguez se ha presentado al Ministerio de lo Interior y Policía, en fecha 12 de Octubre pasado, manifestando el deseo que tiene de establecer, á inmediaciones de esta Capital, una fábrica de ladrillos y tejas de todas clases; y que, para llevar á debido efecto la empresa que proyecta, necesita el apoyo del Gobierno, para lo cual pide se le conceda el privilegio exclusivo para dicha fabricacion por el término de cinco años.
Por tanto, conceptuando lo solicitado por el ciudadano Domingo Rodríguez como una empresa que atraerá muchas ventajas al público en general; atendiendo á que el empresario tendrá precisamente que hacer desembolsos considerables para el establecimiento que se propone; y
Usando de las facultades extraordinarias de que por la voluntad de los pueblos me hallo investido, vengo en
CONCEDER:
Como por las presentes concedo, al ciudadano Domingo Rodríguez, el privilegio exclusivo para la fabricacion de ladrillos y tejas de todas clases, por medio de una máquina del sistema de los señores R. H. Allen y Compañía ú otra mejorada, pudiendo usar de dicho privilegio exclusivo en toda la provincia de Santo Domingo, y por el término de cinco años que principiarán á contarse desde el dia primero de Enero del próximo año de 1875.
El ciudadano Domingo Rodríguez estará obligado, bajo pena de nulidad de este privilegio, á corresponder a todas las necesidades que de los artículos expresados se tenga en la provincia: y tendrá derecho de vender, ó ceder, segun su voluntad, el todo ó parte de este privilegio exclusivo que se le asegura por las presentes en los términos que señalan las leyes de la materia.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 19 dias del mes de Diciembre de 1874, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion.— Ignacio M. González.—Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.
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