Texto de la norma
Núm. 1355.—RESOLUCION del J. S. concediendo privilegio á los Sres. Félix E. Soler y Martin Rodríguez para establecer una máquina de aserrar maderas.
Dios, Patria y Libertad.— República Dominicana.— Ignacio María González, Presidente de la República y, por la voluntad de los pueblos, encargado del Poder Supremo de la Nacion.
Por cuanto los ciudadanos Félix E. Soler y Martin Rodríguez, de este domicilio, se han presentado al Ministerio de lo Interior y Policía, en fecha 14 de Diciembre actual, manifestando el deseo que tienen de establecer una máquina de aserrar, sistema de los señores Hoe y Ca., R. H. Allen y Ca. ú otra mejorada, que contribuirá á mejorar el aspecto de las poblaciones, haciendo más fácil la adquisicion de tablazones para fábricas, por lo que piden al Gobierno les conceda el privilegio exclusivo en toda la provincia de Santo Domingo y por el término de cinco años.
Por cuanto la empresa que se proponen acometer los peticionarios, ofrece muchas ventajas al público en general.
Considerando: que esta empresa es de utilidad pública.
Usando de las facultades extraordinarias de que por la voluntad de los pueblos me hallo investido, y oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
(1) V. nm. 1024.
RESUELVO:
Conceder, por las presentes, á los ciudadanos Félix E. Soler y Martin Rodriguez, el privilegio exclusivo para establecer una máquina de aserrar maderas, del sistema Hoe y Ca., R. H. Allen y Ca. ú otra mejorada en la provincia de Santo Domingo, pudiendo usar de dicho privilegio por el término de cinco años, que principiarán a contarse desde el 1o. de Enero de 1875.
La empresa estará obligada, bajo pena de nulidad de este privilegio, á corresponder á todas las necesidades que de los artículos expresados se tenga en la provincia, y á principiar los trabajos en el término de seis meses, á contar del día primero de Enero próximo; y tendrá el derecho de vender o ceder, segun su voluntad, el todo ó parte de este privilegio que se le asegura por las presentes en los términos que señalan las leyes de la materia.
Las maquinarias y útiles para esta empresa quedan libres de derechos de importacion.
Dada en Santo Domingo á los 16 dias del mes de Diciembre de 1874, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion. Ignacio M. González.— Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.