Texto de la norma
Núm. 3440.—RESOLUCION del C. N. aprobando los actos del P. E.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Habiéndose rendido las cuentas fiscales y administrativas del Poder Ejecutivo y sus dependencias, á contar del 27 de Febrero de 1893 al 27 de Febrero de 1894; y
Considerando: que del examen que de ellas se ha hecho por este Alto Cuerpo, no resultan cargos contra los empleados bajo cuya dirección ha estado la Administración Pública,
RESUELVE:
Art. 1º Se aprueban todas las cuentas fiscales y administrativas llevadas á cabo por el Poder Ejecutivo y sus respectivas dependencias, á partir del 27 de Febrero de 1893 al 27 de Febrero de 1894.
Art. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la Sala de sesiones del Congreso Nacional, á los 26 días del mes de Junio de 1894; año 51 de la Independencia y 31 de la Restauración.
El Presidente.—Jorge Curiel.—Los Secretarios.—R. García Martínez.—Rafael E. Galván.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 2 días del mes de Julio de 1894; año 51 de la Independencia y 31 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina interino, encargado de los Despachos de lo Interior y Policía.—Braulio Alvarez.
Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Cordero.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Rivas.
Refrendado: El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de Justicia é Instrucción Pública.—Enrique Henríquez.
Refrendado: El Ministro de Correos y Telégrafos.—J. M. Pichardo B.
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