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Resolución

Resolución 3724

CONTRATO RELEVANDO A LA SAN DOMINGO IMPROVEMENT OF NEW YORK, DE LA OBLIGACION DE CONSTRUIR UN MUELLE EN PUERTO PLATA, SEGUN SE HABIA ESTIPULADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 may de 1897fecha
Contrato o conveniotipo

Contraparte y monto

Contraparte
habiéndose entendido la San Domingo Improvement Company of New York con el referido señor Michelena (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3724.—CONTRATO relevando á la San Domingo Improvement of New York, de la obligación de construir un muelle en Puerto Plata, según se había estipulado. Entre el Gobierno de la República Dominicana, debidamente representado por su Ministro de Fomento y Obras Públicas, de una parte, y la "San Domingo Improvement Company of New York", representada por su presidente Mr. Smith M. Weed, de la otra, se ha estipulado y convenido lo siguiente: Habiendo celebrado el Gobierno Dominicano con el señor Santiago Michelena un contrato para la construcción en el puerto de Puerto Plata, de un muelle para pasajeros y flete, con lanchas y enramadas, propias para contener todo el flete que entre y salga por el "Ferrocarril Central Dominicano", y habiéndose entendido la "San Domingo Improvement Company of New York" con el referido señor Michelena para el necesario uso del dicho muelle, lanchas y enramada para sus particulares fines, queda desde luego relevada la referida Compañía de toda obligación de construir un muelle en Puerto Plata, según está estipulado en el artículo 2º del contrato para la construcción del "Ferrocarril Central Dominicano" firmado por las partes que suscriben el 28 de Enero de 1893, y ratificado por el Congreso el 27 de Junio de 1893. Hecho y firmado en doble original en Santo Domingo, capital de la República, á los cuatro días del mes de Mayo de mil ochocientos noventa y cinco. El Ministro de Fomento y Obras Públicas, CORDERO. The San Domingo Improvement Company of New York, El Presidente, bi Smith M. Weed.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona