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Resolución

Resolución 3720

CONCEDIENDO A LA VIUDA NOMBRADA GERMANA, DEL SEÑOR J. B. LECA, Y A SU HIJA, UNA NUEVA PRORROGA DE UN AÑO PARA COMENZAR LA EXPLOTACION DE UNA MINA DE ORO SITUADA EN LA MATA DE LA IGLESIA, SECCION DE SA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 abr de 1897fecha
Concesióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
VIUDA NOMBRADA GERMANA

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3720.—RESOLUCION del P. E. concediendo á la viuda nombrada Germana, del señor J. B. Leca, y á su hija, una nueva prórroga de un año para comenzar la explotación de una mina de oro situada en la Mata de la Iglesia, sección de San Cristóbal. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.— Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional. Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Vista la solicitud de fecha 9 de Febrero próximo pasado, enviada al Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Fomento y Obras Públicas, por el señor Juan Tomás Mejía, en nombre y representación de la viuda é hija menor del finado Juan B. Leca, nombrada Germana, en la que manifiesta que, á consecuencia de la muerte de dicho señor Leca, no se han podido hasta esta fecha comenzar los trabajos de explotación de la mina de oro denominada "Altagracia", situada en La Mata de la Iglesia, sección de la común de San Cristóbal, de la cual era concesionario dicho señor, y para cuyo efecto le otorgó el Ejecutivo una prórroga de un año, en 19 de Febrero del año próximo pasado; que en tal virtud, se considere como fuerza mayor lo expuesto, y se le acuerde á la viuda é hija del finado Juan B. Leca, sus legítimos herederos, una nueva prórroga de un año, á partir de la última acordada en fecha anterior. Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado; RESUELVE: Conceder, como por la presente concede, á la viuda é hija, nombrada Germana, del señor Juan B. Leca, una nueva prórroga de un año, á contar desde el 19 de Febrero próxima pasado; vencido este término sin haberse comenzado la explotación de la mina expresada, será declarada nula y sin ningún valor ni efecto, la concesión otorgada en 4 de Marzo de 1891, sin necesidad de notificación. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 12 días del mes de Abril de 1897; año 54 de la Independencia y 34 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas,— Cordero. Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Vista la solicitud de fecha 9 de Febrero próximo pasado, enviada al Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Fomento y Obras Públicas, por el señor Juan Tomás Mejía, en nombre y representación de la viuda é hija menor del finado Juan B. Leca, nombrada Germana, en la que manifiesta que, á consecuencia de la muerte de dicho señor Leca, no se han podido hasta esta fecha comenzar los trabajos de explotación de la mina de oro denominada "Altagracia", situada en La Mata de la Iglesia, sección de la común de San Cristóbal, de la cual era concesionario dicho señor, y para cuyo efecto le otorgó el Ejecutivo una prórroga de un año, en 19 de Febrero del año próximo pasado; que en tal virtud, se considere como fuerza mayor lo expuesto, y se le acuerde á la viuda é hija del finado Juan B. Leca, sus legitimos herederos, una nueva prórroga de un año, á partir de la última acordada en fecha anterior. Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado; RESUELVE: Conceder, como por la presente concede, á la viuda é hija, nombrada Germana, del señor Juan B. Leca, una nueva prórroga de un año, á contar desde el 19 de Febrero próxima pasado; vencido este término sin haberse comenzado la explotación de la mina expresada, será declarada nula y sin ningún valor ni efecto, la concesión otorgada en 4 de Marzo de 1891, sin necesidad de notificación. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 12 días del mes de Abril de 1897; año 54 de la Independencia y 34 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas,— Cordero.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona