Texto
Texto de la norma
Núm. 3397.—RESOLUCION del P. E indultando al ciudadano Cárlos Anderson para que pueda regresar al País.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: Que la paz del país no ofrece, al presente, ninguna sospecha de que ésta pueda ser alterada;
Considerando: Que el Ejecutivo Nacional se complace siempre ejerciendo actos de clemencia;
Vista la 23ª atribución del artículo 51 de la Constitución del Estado;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE:
1º Se concede indulto al ciudadano Cárlos Anderson para que pueda regresar al País.
2º Para los efectos del artículo anterior, el indultado habrá de efectuar su regreso por el puerto de esta Capital, donde deberá hacer su presentación al Gobierno.
§ El Ministro de lo Interior queda encargado de comunicar la presente Resolución.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 26 dias del mes de Abril de 1894; año 51 de la Independencia y 31 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—P. A. Lluberes.
Refrendado: El Ministro de Relaciones Exteriores.—Enrique Henríquez.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona