Texto de la norma
Núm. 3396.—RESOLUCION del C. N. autorizando al I. Ayuntamiento de la ciudad de Santo Domingo, para que pueda elevar hasta el tipo más equitativo el interés de la suma que necesita para el establecimiento del alumbrado eléctrico.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Vista la instancia que por órgano del Ejecutivo Nacional, dirige á este Alto Cuerpo en fecha 12 del corriente mes, el Concejo Comunal de la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, pidiendo autorización para elevar hasta el 1½% mensual, el interés de la suma á que puede alcanzar la emisión de bonos á que está autorizado por la concesión de 26 de Junio de 1893;
Considerando: que por el párrafo 2º de la concesión otorgada al Ilustre Ayuntamiento de Santo Domingo en fecha 26 de Junio del año próximo pasado, para el establecimiento del alumbrado eléctrico público y privado, se le autoriza á emitir una cantidad de bonos hasta la concurrencia del capital que necesita para la realización de dicha empresa;
Considerando: que el tipo de 6% anual á que por la misma concesión está facultado el Ilustre Ayuntamiento para pagar el interés de la referida emisión, es insuficiente, dada la escasez de numerarios y el interés á que se cotiza el dinero,
RESUELVE:
Autorizar al Ilustre Ayuntamiento de la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, para que pueda elevar hasta el tipo más equitativo el interés de la suma que necesita para el establecimiento del alumbrado eléctrico público y privado.
Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 18 de Abril de 1894; año 51 de la Independencia y 31 de la Restauración.
El Presidente.— H. Pierret.—Los Secretarios.—Pedro A. Bobea.—G. González.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 días del mes de Abril de 1894; año 51 de la Independencia y 31 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—P. A. Lluberes.
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