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Resolución

Resolución 3702

APROBANDO EN TODAS SUS PARTES LA RESOLUCION DEL P.E. DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 1896fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3702.—RESOLUCION del C. N. aprobando en todas sus partes la resolución del P. E. de fecha 22 de Diciembre del corriente año. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Vista la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 22 de Di- ciembre de 1896 autorizando á la Sociedad "Ansonia Sugar Company" á cobrar en oro con deducción de un 25 por ciento los derechos establecidos en la tarifa de Muelle y Enramada del puerto de Azua, aprobada por el Gobierno en 27 de Junio de 1894. Considerando: que la baja de la moneda circulante—lo que ha ocasionado graves perjuicios á la referida sociedad—ha sido el poderoso motivo que obligó al Poder Ejecutivo á votar aquella resolución, que el Congreso cree de toda equidad y justicia, RESUELVE: Aprobar en todas sus partes la referida resolución. Dada en la Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional, á los 29 días del mes de Diciembre de 1896; año 53 de la Independencia y 34 de la Restauración. El Presidente:—H. Pierret. Los Secretarios:—R. García Martínez.—Guarín González. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 30 días del mes de Diciembre de 1896; año 53 de la Independencia y 34 de la Restauración. El Presidente Constitucional de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Rivas. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Cordero.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona