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Texto de la norma
Núm. 3676.—RESOLUCION del P. E. aprobando el contrato celebrado en la Común de Dajabón, entre el H. Ayuntamiento y el señor L. C. Perelló para la construcción de una Casa Consistorial.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional.—Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Visto el contrato celebrado entre el Honorable Ayuntamiento de Dajabón y el señor Luis Cristóbal Perelló, en fecha 11 de Mayo del año 1895, para la construcción de una Casa Consistorial en aquella población;
Considerando: que dicho contrato responde á las exigencias de ornato y economía de la Común de Dajabón;
En uso de las facultades de que está investido;
RESUELVE:
Aprobar el contrato celebrado en la Común de Dajabón, el día 11 de Mayo de 1895, entre el Honorable Ayuntamiento de dicha Común y el señor Luis Cristóbal Perelló, para la construcción de que se ha hecho mérito.
Dada en el Palacio Nacional, á los 10 días del mes de Agosto del 1896; año 53 de la Independencia y 33 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía, interino.— Braulio Alvarez.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona