Texto de la norma
Nlim. 3379.-RESOLUCION
del P. E. declarando que el orden
sacerdotal constituye una incapacidad para contraer el ma-
trimonio civil.
Dios, Patria y 1ibertad.-Repliblica
Dominicans.-Ulises
Heureaux.-General
de Divisi6n en Jefe del E j6rcito Nacional,
Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la Re-
piiblica.
Considerando : que el celibato eclesidstico es una ley impuesta
por la Iglesia B sus Ministros, y, por consiguiente, dstos est6n
en el deber de someterse d ella mientras no varie la disciplina
can6nica sobre este punto;
Considerando : que la Religi6n Catblica, Apost6lica y Roma-
na, que lo estatuye, es la Religi6n del Estado, estando 6ste obli-
gad0 d mantener inviolables con la acci6n de su autoridad 10s
canones 6 instituciones de la Iglesia, cuya fe profesa;
Considerando: que si bien el C6digo Civil Dominican0 no
contiene expresamente ininguna disposici6n prohibiendo el Ma-
trimonio Civil de 10s sacerdotes, existe una ley por la que se or-
dena que Cste sea elevado B sacramento dentro de las veinte y
cuatro horas de haber sido contraido, lo que implica un impedi-
mento tacit0 respecto de 10s ciudadanos revestidos del august0
cardcter sacerdotal ; 10s cuales estan incapacitados, en virtud
del celibato eclesidstico que 10s liga, para cumplir la prescrip-
ci6n de la citada ley ;
Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
RESUELVE :
1') Declarar que la orden sacerdotal constituye una incapa-
cidad legal para contraer el matrimonio Civil mientras rija la ac-
tual disciplina de la Iglesia Cat6lica, Aposthlica y Romana.
2º Que, mientras el Congeso Nacional, á cuya aprobación será sometida la presente resolución en la próxima legislatura, conozca del punto que dá materia para ella, se prohibe á todos los Oficiales del Estado Civil unir en legítimo matrimonio á los indivíduos á quienes está impuesto el celibato eclesiástico por el efecto de las leyes canónicas vigentes.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 3 dias del mes de Febrero de 1894; año 50 de la Independencia y 31 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Secretario de Estado en los Despachos de Justicia é Instrucción Pública.—S. E. Valverde.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.