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Resolución

Resolución 3634

AUTORIZANDO AL P.E. PARA QUE PUEDA ANAJENARR, PERMUTAR O VENDER EL AREA DE TERRENO QUE LO DONO EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ESTA CIUDAD CAPITAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jun de 1896fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3634.—RESOLUCION del C. N. autorizando al P. E. para que pueda enajenar, permutar ó vender el área de terreno que le donó el Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad Capital. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República. Considerando: que es deber de este Alto Cuerpo proporcionar al Poder Ejecutivo las facilidades necesarias para la marcha del servicio público, en la parte que le está encomendado; Considerando: que el servicio de marina exige que el Gobierno adquiera terrenos que necesita en la margen oriental del río "Ozama". RESUELVE: Art. 1º Autorizar al Poder Ejecutivo para que pueda enajenar, permutar ó vender el área de terreno que le donó el Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad Capital, por Resolución de este Alto Cuerpo, de fecha 25 de Junio de 1895. Art. 2º La presente Resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los efectos de ley. Dada en la Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional, el día 3 de Junio de 1896; año 53 de la Independencia y 33 de la Restauración. El Presidente: I. Franco.— Los Secretarios: I. Mejías, R. García Martínez. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 5 días del mes de Junio de 1896; año 53 de la Independencia y 33 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Rivas.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona