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Resolución

Resolución 1065

DEL P. E. MANDANDO SATISFACER A LOS EMPLEADOS LA TERCERA PARTE DE SUS SUELDOS, QUE SE LES VENIA REBAJANDO, EN TITULOS DE LA DEUDA PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 jul de 1867fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1065.—RESOLUCION del P. E. mandando satisfacer á los empleados la tercera parte de sus sueldos, que se les venía rebajando, en títulos de la deuda pública. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Poder Ejecutivo. Considerando: que la penuria de las cajas nacionales obligó al Poder Ejecutivo, con fecha 17 de Enero del corriente año, (2) mandar retener á todos los empleados públicos la tercera parte de los haberes que le venian señalados por los presupuestos en vigor; Considerando: que esta resolucion creó una deuda sobre la Nacion, que es de necesidad solventar de alguna manera, sin embargo que no venga su cancelamiento de lleno á entorpecer el ejercicio del presente presupusto de gastos públicos. HA RESUELTO: Que se satisfaga á los empleados públicos, tanto civiles como militares, la tercera parte que se les haya venido rebajando en acatamiento de la disposicion del Poder Ejecutivo de fecha 17 de (1) V. núm. 60, tomo 1º, que es el procedimiento que se sigue para la aplicacion de este Código. (2) V. núm. 990. Enero próximo pasado, en títulos de deuda pública mandada crear por decreto del Ejecutivo Nacional con fecha 3 del corriente mes. Las administraciones de hacienda remitirán á la Contaduría General una nómina detallada de las atenciones con que por este respecto se encuentren gravadas sus existencias para que á su vez, la Contaduría General les haga sus envíos de títulos de deuda pública que sean necesarios para solventar aquellas atenciones.—Santo Domingo Julio 12 de 1867.—Es copia.—El oficial encargado del libro de Resoluciones del Poder Ejecutivo.—J. Mejía.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona