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Resolución

Resolución 3329

DEL P.E. PRORROGANDO POR TRES AÑOS LA CONCESION DE FERROCARRIL OTORGADA AL SR. MANUEL M. CASTILLO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 sept de 1893fecha
Concesióntipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Manuel M. Castillo (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3329.—RESOLUCION del P. E. prorrogando por tres años la concesión de ferrocarril otorgada al Sr. Manuel M. Castillo. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República. Vista la solicitud del señor Manuel Mª Castillo, que en fecha 28 de Mayo del corriente año, dirige el Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Fomento y Obras Públicas, exponiendo que: debido al corto plazo que se le fijó en la concesión del mencionado ferrocarril, no le ha sido posible comenzar dicha construcción en razón á que, ese plazo sólo le ha bastado para hacer sus estudios y levantar el plano correspondiente que ha sido depositado en el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, en fecha 25 de Mayo último, y que en tal virtud, espera del Poder Ejecutivo, que en mérito de las razones aducidas, se le acuerde una prórroga de tres años, tiempo necesario para hacer acopio del material indispensable al principio y término de los trabajos; Considerando: que lo expuesto por el señor Manuel Mª Castillo, merece todo el crédito del Gobierno, y que éste en su afán de brindar facilidades á toda empresa demostrativa de progreso, debe resolver favorablemente lo pedido por el concesionario del ferrocarril de La Jina á San Francisco de Macorís; Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, RESUELVE: Acordar al señor Manuel María Castillo la prórroga de tres años, para que pueda comenzar y terminar los trabajos de construcción del ferrocarril de La Jina á San Francisco de Macorís. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 2 días del mes de Setiembre de 1893; año 50 de la Independencia y 31 de la Restauración. U. HEUREAUX. Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas. — Teófilo Cordero y Bidó.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona