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Resolución

Resolución 3319

DEL C.N. APROBANDO EL CONTRATO CELEBRADO ENTRE EL P.E. Y EL GRAL. MANUEL M. CASTILLO PARA LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS PUBLICOS EN LA COMUN DE SAN FRANCISCO DE MACORIS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 jul de 1893fecha
Contrato o conveniotipo
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Manuel M. Castillo (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 3319.—RESOLUCION del C. N. aprobando el contrato celebrado entre el P. E. y el Gral. Manuel M. Castillo para la construcción de edificios públicos en la común de San Francisco de Macorís. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.—Declarada la urgencia. Visto el contrato celebrado el 24 de Enero del corriente año, por el Poder Ejecutivo, con el señor Manuel Mª Castillo, para la construcción de varios edificios dedicados á la Comandancia de Armas, Arsenal, Cuarteles, Cárcel y la de una muralla que defienda la guarnición de San Francisco de Macorís; Considerando: que dichas construcciones son de evidente utilidad, RESUELVE: Art. 1º Aprobar en todas sus partes el contrato arriba citado. Art. 2º La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines contitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, a los 26 días del mes de Junio de 1893; año 50 de la Independencia y 30 de la Restauración. El Presidente.—Enrique Henríquez.— Los Secretarios.—Pedro A. Pérez.—J. Morales Bernal. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 4 de Julio de 1893; año 50 de la Independencia y 30 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Teófilo Cordero y Bidó.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona