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Resolución

Resolución 3293

DEL C.N. AUTORIZANDO AL P.E. PARA VENDA CUATROCIENTOS PESOS DE TERRENOS DEL ESTADO UBICADOS EN LA SECCION DE "YANIGUA," JURISDICCION DE SABANA DE LA MAR.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 jun de 1893fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3293.—RESOLUCION del C. N. autorizando al P. E. para que venda cuatrocientos pesos de terrenos del Estado ubicados en la sección de “Yanigua,” jurisdicción de Sabana de la Mar. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República; y por iniciativa del Poder Ejecutivo. Considerando: que la venta de los terrenos comuneros ubicados en la sección de “Yanigua,” jurisdicción de la Común de Sabana de la Mar, y de la propiedad del Estado, responde al propósito de poner á los agricultores que los cultivan en actitud de poseerlos á título no precario, propendiendo por ese medio á impulsar el fomento de la agricultura, RESUELVE: Art. 1º Autorizar al Poder Ejecutivo para vender cuatrocientos pesos de terrenos pertenecientes al Estado, ubicados en la sección de "Yanigua," jurisdicción de Sabana de la Mar. § La venta de dichos terrenos se realizará con sujeción á las leyes de procedimiento que rijen esa clase de enajenaciones. Art. 2º La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el día 5 de Junio de 1893; año 50 de la Independencia y 30 de la Restauración. El Presidente.—Enrique Henríquez.—Los Secretarios.—Pedro A. Pérez.—J. Morales Bernal. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 9 días del mes de Junio de 1893; año 50 de la Independencia y 30 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Mod. Riyas. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Teófilo Cordero y Bidó.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona