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Resolución

Resolución 3939

RELATIVA A LA READQUISICION, POR EL ESTADOS DEL ANTIGUO EDIFICIO DE SAN NICOLAS SUS DEPEDENCIAS Y A LA IGLESIA DE LA ALTAGRACIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 dic de 1899fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3939.—RESOLUCION del P. E. relativa á la readquisición, por el Estado, del antiguo edificio de "San Nicolás", sus dependencias, y la iglesia de la "Altagracia". Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Juan Isidro Jimenes, Presidente Constitucional de la República. Considerando: que, á consecuencia de actos del Gobierno pasado, el antiguo Hospital de "San Nicolás" y la Iglesia de la "Altagracia" se encuentran, á título de propiedad, en poder de particulares; Considerando: que es una mengua para la nación que el edificio histórico de San Nicolás, el primer templo de piedra construído en Santo Domingo y en América, sea destruído sin que el Estado haga un esfuerzo para evitar ese hecho que sería un cargo formulado contra la cultura dominicana; Considerando: que en la actualidad el Gobierno carece de los medios necesarios á la readquisición de los edificios mencionados, y sabedor el mismo de que la Junta Nacional Colombina dispone de un apartado para la erección de un monumento á Colón, monumento que no podrá levantarse enseguida, y que la misma Junta puede facilitar al Gobierno las sumas que sean necesarias para la readquisición aludida, comprometiéndose el último á devolver á la primera dichas sumas en el plazo de dos años, ó antes si fuere posible y necesario; RESUELVE: Autorizar al Ministro de Hacienda y Comercio para que—bajo las condiciones expresadas—obtenga de la Junta Nacional Colombina las sumas necesarias á la readquisición del antiguo edificio de "San Nicolás", sus dependencias y la iglesia de la "Altagracia". Y realizar la readquisición citada bajo las mejores condiciones, procurando que el costo de ambos edificios y el de la pared que debe separarlos del resto de la propiedad no exceda de $6.200, oro americano, (seis mil doscientos pesos, oro americano). Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los seis días del mes de Diciembre de 1899; año 56° de la Independencia y 37° de la Restauración. J. I. JIMENES. Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.— F. L. Vásquez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona