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Resolución

Resolución 3908

DEL CENTRO REVOLUCIONARIO CONSTITUIDO EN LA CIUDAD DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, CONFIRIENDO AL CIUDADANO HORACIO VASQUEZ EL NOMBRAMIENTO DE PRESIDENTE DEL GOBIERNO PROVICIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 ago de 1899fecha
Nombramientostipo

Texto

Texto de la norma
Núm. 3908.—RESOLUCICON del Centro Revolucionario constituido en la ciudad de Santiago de los Caballeros, confiriendo al ciudadano Horacio Vásquez el nombramiento de Presidente del Gobierno Provisional. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Centro Revolucionario Considerando: Que dadas las tendencias y principios liberales que defiende y sustenta esta Revolución Redentora, es de todo punto indispensable constituir un Gobierno Provisional para mayor garantía del ejercicio de los derechos civiles y políticos de nuestros conciudadanos; Considerando: Que los iniciadores y representantes de la Revolución Redentora están plenamente autorizados, por las adhesiones que á cada paso reciben de los pueblos, para constutuir un gobierno provisional, que imprima mayor carácter á la Revolución y pueda convocar oportunamente los Colegios electorales para el nombramiento definitivo del que deba dirigir constitucionalmente los destinos de la Patria; Considerando: Que el ciudadano Horacio Vásquez, por sus méritos y servicios prestados á la Revolución Redentora, así como por sus antecedentes y aptitudes merece y ha de merecer la entera confianza del Centro Revolucionario y de todos los hombres honrados y patriotas del país; HEMOS RESUELTO: Artículo Unico: Conferir al ciudadano Horacio Vásquez el nombramiento de Presidente del Gobierno Provisorio. Dado y firmado por nosotros en el Palacio de Gobierno de Santiago, á los 29 días del mes de Agosto de 1899. Firmados: Samuel Moya, Arturo Zeno, Ramón Cáceres, José Brache, Pablo Arnaud hijo, Domingo Ferreras, José María Nouel, José Francisco Guzmán, Norberto Tibucio, Pablo López, José Feliu, José Ramón Gómez, Eugenio Valerio, Juan Alvarez, etc etc.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona