jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 3906

DISPONIENDO QUE LOS SELLOS POSTALES COLOMBIANOS ENTRE A CIRCULACION LEGAL DESDE EL DIA 10 DE SEPTIEMBRE PROXIMO, HASTA EL 10 DE SEPTIEMBRE DE 1900

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 ago de 1899fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3906.—RESOLUCION del P. E. disponiendo que los sellos postales colombinos entren á la circulación legal desde el día 10 de Septiembre próximo, hasta el 10 de Septiembre de 1900. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Wenceslao Figuereo, General de División del Ejército Nacional, y Presidente Constitucional de la República. Considerando: Que la Resolución dictada por el Congreso Nacional en fecha 24 de Noviembre de 1898 autorizando la emisión especial de los sellos postales colombinos, fijó por su artículo 1º el curso legal de dichas especies timbradas desde el 27 de Febrero del corriente año hasta igual fecha del año 1900; Considerando: Que causas legítimas impidieron poner en curso los referidos sellos en la citada época; RESUELVE: Art. 1º Los sellos postales colombinos entrarán á la circulación legal el día 10 de Septiembre próximo hasta el 10 de Septiembre del año 1900. Art. 2º Queda en vigor la Resolución legislativa de fecha 24 de Noviembre de 1898 para surtir sus demás efectos. Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 días del mes de Agosto de 1899; año 56º de la Independencia y 37º de la Restauración. W. FIGUEREO. Refrendada: El Ministro de Correos y Telégrafos,—Jaime R. Vidal.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona