Texto
Texto de la norma
Núm. 1044.—RESOLUCION del C. N. que manda á los señores Rougemond de Lounemberg hacer valer sus derechos ante quien corresponda.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.
Vista la solicitud presentada por los señores Rougemond de Lounemberg, de Paris, acerca de la reclamacion de una cantidad que la República debe á la extinguida casa de Alexis Robles, de Paris.
Considerando: que la cantidad á que se refiere esta reclamacion, habiendo sido embargada por los señores Travieso é hijos quedó decretada la validez de su derecho por sentencia del tribunal competente de esta Capital; y que el Congreso no tiene atribuidas funciones judiciales, pues solo á los tribunales competentes corresponde conocer del derecho que asista á cada una de las partes en las cuestiones que tengan á bien sostener.
Visto el informe de la comision nombrada para examinar el expediente,
RESUELVE:
Que los señores Rougemond de Lounembreg ocurran á hacer valer su derecho ante quien corresponda.
Dada en Santo Domingo á los 24 dias del mes de Mayo de 1867, vigésimo cuarto de la Independencia y 4º. de la Restauracion.—El Presidente, Juan Bautista Zafra.—Los Secretarios: Olegario Perez y Juan B. Morel.
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