viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 1418

DEL P. E. AUTORIZANDO AL AYUNTAMIENTO DE MONTE CRISTY A ARRENDAR, POR PARTES Y POR MEDIO DE LICITACION, LAS SALINAS DE AQUELLA COMUN

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 jun de 1875fecha
Asunto municipaltipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1418.—RESOLUCION del P. E. autorizando al Ayuntamiento de Monte Cristy á arrendar, por partes y por medio de licitacion, las salinas de aquella comun. Dios, Patria y Libertad.— República Dominicana.— El Consejo de Secretarios de Estado, encargado del Poder Ejecutivo. Considerando: Que las salinas que se encuentran en las playas de la común de Monte Cristi, y en terrenos pertenecientes al Estado, no son hoy de utilidad alguna; y que el Ayuntamiento de aquella común puede con la superior autorizacion atender á su explotacion, RESUELVE: 1º Autorizar al Ayuntamiento de la común de Monte Cristi á arrendar por partes y por medio de licitacion, las salinas que se descubran en las playas de aquella común y que sean de la propiedad del Estado. 2º El producido del arrendamiento de dichas salinas, deberá destinarse exclusivamente á proporcionar á la clase pobre de la poblacion la cantidad de agua potable que pueda necesitar, mientras el Gobierno dé cima á la empresa de llevar allí las aguas del rio Yaque. 3º El Ayuntamiento fijará el término y establecerá las condiciones del arrendamiento, cuya fórmula se someterá á la aprobacion del Ministerio de lo Interior. 4º Las oficinas fiscales tomarán razon de esta Resolucion, que tendrá fuerza y ejecucion desde la fecha y mientras se pueda desviar el curso del Yaque llevándolo á aquella común. Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los once dias del mes de Junio de 1875, 32 de la Independencia y 12 de la Restauracion.— El Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.— El Ministro de Justicia é Instruccion Pública, encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores, José de J. Castro.— El Ministro de Hacienda y Comercio, Francisco X. Amiama. —El Ministro de Guerra y Marina, José M. Cabral.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona