Texto de la norma
Núm. 2945.—RESOLUCION del C. N. aprobando con modificaciones la concesión otorgada por el P. E. en fecha 21 de Mayo de 1889 al señor Emilio Ceara, para que pueda establecer un acueducto en la ciudad de La Vega.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República.
Visto el pliego de concesión que el Poder Ejecutivo ha otorgado al señor Emilio Ceara en fecha 21 del mes de Mayo próximo pasado, (1) para establecer en la ciudad de La Vega un acueducto;
(1) V. núm. 2881.
Considerando: que un acueducto es de grandes ventajas para una población, por varios conceptos, y sobre todo, para la conservación de la higiene, y la garantía que en muchos casos dá á las propiedades urbanas contra el incendio,
RESUELVE:
1º Conceder al señor Emilio Ceara el derecho exclusivo para establecer en la ciudad de La Vega un acueducto, por el término y bajo las condiciones estipuladas en el pliego de concesión de referencia, con supresión en la cláusula 5ª de las palabras "legalmente establecida en la República."
2º El Poder Ejecutivo exigirá la fianza que considere oportuna, según la magnitud de la concesión, y en los términos de la Ley.
3º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 17 de Junio de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Presidente.—Pedro M. Garrido.—Los Secretarios.—Natalio Redondo.—A. Andreu.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 18 días del mes de Julio de 1890; año 47 de la Independencia y 27 de la Restauración.
El Presidente de la República, U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—A. W. y Gil.
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