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Resolución

Resolución 2930

DEL C. N. APROBANDO LO DISPUESTO POR EL P. E. EN FECHA 6 DE ENERP DE 1890, VOTANDO LA SUMA DE $30.000 PARA LA CREACION DE FINCAS MODELOS DE TABACO Y ALGODON EN LA PROVINCIA DE AZUA Y EL DISTRITO DE BARAHONA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jun de 1890fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 2930.—RESOLUCION del C. N. aprobando lo dispuesto por el P. E. en fecha 6 de Enero de 1890, votando la suma de $ 30.000 para la creación de fincas modelos de tabaco y algodón en la Provincia de Azua y el Distrito de Barahona. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República, y por iniciativa del Poder Ejecutivo. Vista la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 6 de los corrientes, dedicando la suma de treinta mil pesos para el establecimiento de fincas modelos en la Provincia de Azua y Distrito de Barahona, con el objeto de establecer en aquellas secciones el cultivo del tabaco y algodón. Considerando: que el Poder Legislativo debe contribuir al engrandecimiento de esas dos importantes secciones de la República, que han menester el progreso y la vida de los pueblos, en los cuales apenas la perfección de la agricultura ha llegado á conocerse, RESUELVE: 1º Aprobar en todas sus partes lo dispuesto por el Poder Ejecutivo en fecha 6 de los corrientes, (1) y votar la suma de trein- (1) V. núm. 2902. ta mil pesos que serSn distribuidos en el modo y forma que dicho Poder lo crea conveniente, para la creaci6n de fincas modelos de tabaco y algod6n en la Provincia de Azua y el Distrito de Barahona. 29 Enviese a1 Poder Ejecutivo para su promulgaci6n. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 26 de Junio de 1890; aAo 47 de la Independencia y 27 de la Restau- r aci 6n. El Presidente.-J. M. Mo1ina.-Los Secretaries.-A. An- dreu.-Natalio Redondo. E jecutese, comuniquese por la Secretaria correspondiente, publicandose en todo el territorio de la Repubiica para su cum- plimiento. Dado en el Palacio Nacional de Saiito Domingo, Capital de la Repliblica, a 10s 29 dias del mes de Junio de 1890; aiio 47 de la Independencia y 27 de la Restauracih. El Presidente de la Repliblica, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Foment0 y Obras Fi2dicas.- Refrendado :-El Ministro de Hacienda y Comerei0.- A. W. y Gil. Sanchez.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona