Núm. 3070.—RESOLUCION del C. N. autorizando al H. Ayuntamiento de Samaná para que pueda vender hasta 50 solares de los pertenecientes á la común, y aquellos terrenos que estén cultivados ú ocupados por particulares, con autorización del Municipio.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República, y declarada la urgencia.
Vista la solicitud elevada á este Alto Cuerpo por el Honorable Ayuntamiento de Samaná pidiendo autorización para vender
en los terrenos urbanos y rurales de su jurisdicción una porción que alcanza hasta diez mil pesos que necesita para la reparación de la iglesia y otras obras de utilidad pública,
RESUELVE:
Art. 1º Se autoriza al H. Ayuntamiento de Samaná á vender hasta cincuenta solares de los pertenecientes á la Común, y aquellos terrenos que estén cultivados ú ocupados por particulares con autorización del Munipicio.
Art. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, el 20 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración.
El Presidente.—Julian Zorrilla.—Los Secretarios.—J. E. Santelises.—M. J. Jimenez.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, el día 30 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración.
El Presidente de la República,
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía.—W. Figuereo.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona