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Resolución

Resolución 3064

PRORROGANDO POR DIEZ AÑOS MAS, AL SR. RAFAEL PASQUET, LA COCENSION DE LA ISLETA SITUADA A LA ENTRADA DEL PUERTO DE SAN PEDRO DE MACORIS, CUYA PROPIEDAD LE CEDIARA EL CIUDADANO FRANCISCO X. ANGULO GURIDI

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jun de 1891fecha
Otrastipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 3064.—RESOLUCION del C. N. prorrogando por diez años más, al Sr. Rafael Pasquet, la concesión de la isleta situada á la entrada del puerto de San Pedro de Macorís, cuya propiedad le cediera el ciudadano Francisco X. Angulo Guridi. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional.—En nombre de la República, y declarada la urgencia: Vista la instancia dirigida á este Alto Cuerpo por el ciudadano venezolano Rafael Pasquet, domiciliado y residente en [domicilio omitido]. Angulo Guridi, del lugar denominado "La Isleta," situada en la entrada del puerto de Macorís; Considerando: que el señor Pasquet, cesionario de Guridi, tiene en cultivo dicha Isleta hace algunos años, RESUELVE: 1º Prorrogar por diez años más, al señor Rafael Pasquet, la concesión de la Isleta situada á la entrada del puerto de San Pedro de Macorís, cuya propiedad le cediera en el mes de Octubre de 1883 el ciudadano Francisco X. Angulo Guridi, quien la hubo por concesión del Gobierno fecha 28 de Octubre de 1881 y por el término de diez años. 2º Envíese al Poder Ejecutivo para su promulgación. Dada en la sala de sesiones del Congreso Nacional, á 4 de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente.—Julian Zorrilla.—Los Secretarios.—M. J. Jimenez.—J. E. Santelises. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 29 días del mes de Junio de 1891; año 48 de la Independencia y 28 de la Restauración. El Presidente de la República, U. HEUREAUX. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—A. W. y Gil.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona