Texto de la norma
Núm. 3791.—RESOLUCION del P. E. declarando días de fiesta nacional, además del 27 de Febrero, declarado por la Constitución del Estado, los días 26 y 28 del mismo mes.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.— Ulises Heureaux.—General de División en Jefe del Ejército Nacional. Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: Que el día 27 de Febrero próximo celebra la República Dominicana el cumpleaños de su vida autonómica, y que es deber del Gobierno festejar, con la pompa y solemnidad que se requiere el 55º aniversario de la Independencia Nacional, permitiendo á la ciudadanía toda clase de expansiones lícitas;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado:
RESUELVE:
Se declaran días de fiesta nacional, además del "27 de Febrero", declarado por la Constitución del Estado, los días 26 y 28 del corriente, pudiendo el pueblo entregarse á todo género de diversiones lícitas.
§ La presente Resolución será comunicada por el Ministro de lo Interior para los efectos legales.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 días del mes de Febrero de 1898; año 54º de la Independencia y 35º de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendada: El Ministro de lo Interior y Policía,—José D. Pichardo B.
Refrendada: El Ministro de Relaciones Exteriores,—Enrique Henríquez.
Refrendada: El Ministro de Justicia é Instrucción Pública, S. E. Valverde.
Refrendada: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Cordero.
Refrendada: El Ministro de Hacienda y Comercio,—J. de J. Alvarez.
Refrendada: El Ministro de Guerra y Marina,—Tomás D. Morales.
Refrendada: El Ministro de Correos y Telégrafos.—Sánchez.
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